23/04/2025
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La Criminalización de los Migrantes Venezolanos: Un Anacronismo Jurídico que Evoca los Fantasmas de la Esclavitud y el Holocausto.

La Criminalización de los Migrantes Venezolanos: Un Anacronismo Jurídico que Evoca los Fantasmas de la Esclavitud y el Holocausto.

Un Paralelismo que Estremece

Como defensor compulsivo de los derechos humanos y entusiasta de la historia jurídica, no puedo permanecer en silencio ante la reciente orden presidencial que utiliza la Ley del Enemigo Extranjero de 1798 para justificar la persecución de migrantes venezolanos. Este mecanismo, diseñado en una era de paranoia política, hoy se erige como un instrumento de opresión que recuerda a la esclavitud, los campos de concentración nazis y otras atrocidades históricas. La pregunta es clara: ¿cómo puede un Estado “democrático” recurrir a un texto legal del siglo XVIII para violar principios fundamentales del derecho moderno?


1. La Ley del Enemigo Extranjero de 1798: Un Anacronismo Peligroso

La Alien Enemies Act (disponible en los Archivos Nacionales de EE.UU.) fue promulgada bajo el gobierno de John Adams durante un clima de tensión con Francia. Permitía al presidente expulsar o encarcelar a ciudadanos de naciones “enemigas” en tiempos de guerra. Sin embargo, su aplicación hoy carece de justificación:

  • Contexto histórico vs. realidad actual: En 1798, Estados Unidos no tenía un sistema de derechos humanos consolidado. Hoy, existen tratados internacionales como la Declaración Universal de Derechos Humanos (1948) y la Convención sobre Trabajadores Migratorios (1990), que prohíben la discriminación por nacionalidad.
  • Definición de “enemigo”: La ley se aplicaba a países en guerra con EE.UU. Venezuela no está en conflicto bélico con la potencia norteamericana, lo que convierte su uso en un acto de arbitrariedad política.

2. Violación al Orden Jurídico Estadounidense

La Constitución de EE.UU. y leyes posteriores han establecido protecciones claras contra la discriminación:

  • Cláusula del Debido Proceso (Quinta y Decimocuarta Enmienda): Ninguna persona puede ser privada de libertad sin un juicio justo, algo que se ignora al deportar masivamente a venezolanos sin garantías procesales.
  • Ley de Inmigración y Nacionalidad (1965): Prohíbe las cuotas basadas en nacionalidad, pero la orden presidencial actual convierte a los venezolanos en chivos expiatorios de una crisis migratoria compleja.

3. El Desprecio al Derecho Internacional

Al invocar una ley del siglo XVIII, EE.UU. no solo pisotea su propia legalidad, sino también pilares del sistema global:

  • Carta de las Naciones Unidas (1945): Artículo 1.3 exige respetar los derechos humanos sin distinción de origen.
  • Declaración sobre los Derechos de los No Nacionales (1985): Establece que los migrantes no pueden ser sometidos a tratos crueles o degradantes, algo que violan las deportaciones exprés.
  • Convención contra el Genocidio (1948): Aunque no hay intención de exterminio, la persecución sistemática de un grupo nacional podría configurar crímenes de lesa humanidad, según el Estatuto de Roma.

4. De la Esclavitud a los Campos de Concentración: Un Patrón Histórico

La criminalización de grupos vulnerables no es nueva en la historia de EE.UU.:

  • Esclavitud (siglos XVII-XIX): Los africanos fueron reducidos a “propiedad” bajo leyes como el Código Negro de Virginia (1705).
  • Internamiento de japoneses (1942): 120,000 personas fueron encerradas en campos por su origen étnico, una medida justificada con argumentos de “seguridad nacional”.
  • Separación de familias migrantes (2018): Bajo Trump, niños latinoamericanos fueron arrancados de sus padres, un eco siniestro de prácticas totalitarias.

La actual política hacia los venezolanos sigue este guion: deshumanizar, estigmatizar y excluir.


Conclusión: Un Llamado a la Conciencia Colectiva

Utilizar la Ley del Enemigo Extranjero de 1798 contra migrantes venezolanos no es solo un anacronismo jurídico: es un acto de cobardía política que mancha la democracia en toda la extensión de la palabra. Cuando un gobierno recurre a leyes obsoletas para eludir sus obligaciones internacionales, se acerca más a los “regímenes” que históricamente ha denunciado y que paradójicamente han demostrado ser lo opuesto, al ser férreos defensores de los derechos humanos.

Como sociedad global, debemos exigir que EE.UU. derogue esta normativa arcaica y alinee sus políticas migratorias con los estándares del siglo XXI. De lo contrario, estaremos avalando que la historia repita sus capítulos más oscuros.